El Tribunal Oral en lo Criminal Federal 2 (TOF 2), que llevó adelante el juicio por la causa Vialidad contra Cristina Fernández de Kirchner, le dio cinco días hábiles a la expresidenta para presentarse en Comodoro Py y hacer efectiva su detención por la condena que, por determinación de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, quedó firme este martes.
El mismo plazo también correrá para el resto de los condenados por la misma causa: Lázaro Báez (6 años), el ex secretario de Obras Públicas José López (6 años), el ex titular de la Dirección Nacional de Vialidad Nelson Periotti (6 años) y los ex funcionarios de Vialidad de Santa Cruz Mauricio Collareda (4 años), Juan Carlos Villafañe (5 años), Osvaldo Daruich (3 años y 6 meses), Raúl Santibañez (4 años) y Raúl Pavesi (4 años y 6 meses).
El TOF 2 sostuvo que este es un “plazo prudencial en atención a que algunos de los convocados se domicilian en distintas provincias argentinas”.
A su vez, el tribunal solicitó al Ministerio de Seguridad que “procure asignar una dependencia de las fuerzas federales que cumpla con las condiciones adecuadas para el alojamiento de las personas nombradas”. Un punto a tener en cuenta es que el lugar de detención para Cristina Kirchner tendrá que poder asegurar su seguridad, no sólo por el rol de presidenta que ejerció en dos oportunidades sino también porque en 2022 sufrió un intento de asesinato.
En ese sentido, la Justicia pidió atender y dar una consideración específica a las “características particulares individuales de cada uno” de los condenados. Una vez que se efectivicen las detenciones, comenzarán a computarse las penas correspondientes a cada caso.
Cómo se hará efectiva la condena
Lo que queda por delante es que uno de los tres jueces del TOF 2 se haga cargo de la efectivización de la condena. Tras la citación a Comodoro Py, según establece el artículo 490 del Código Procesal Penal de la Nación, “las resoluciones judiciales serán ejecutadas por el tribunal que las dictó”. Ese tribunal, además, “tendrá competencia para resolver todas las cuestiones o incidentes que se susciten durante la ejecución”. Es, por ejemplo, el que deberá decidir si accede o no a un pedido de prisión domiciliaria. El artículo 491 dice que “los incidentes de ejecución podrán ser planteados por el ministerio fiscal, el interesado o su defensor y serán resueltos previa vista a la parte contraria, en el término de cinco (5) días”. Es decir que si la defensa de Cristina Kirchner pidiera una prisión domiciliaria, el TOF deberá consultar primero al fiscal Diego Luciani –cuya opinión no es vinculante– y después, tendrá cinco días para tomar su decisión. Lo habitual es que el TOF, antes de decidir, ordene informes socioambientales e incluso una inspección del lugar que ofrece el condenado para cumplir su pena. Y aunque la prisión domiciliaria no es automática, la ley dice que “podrá” disponerse, entre otros casos, cuando el condenado tenga más de 70 años, lo cual aplica para Cristina Kirchner dado que tiene 72. En cuanto a la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos, el Tribunal Oral deberá notificar a la Cámara Nacional Electoral para quitar a la expresidenta del padrón electoral.